El Tribunal Europeo de Derechos Humanos rechaza más del 90% de las demandas sin examinar el fondo. La razón es casi siempre la misma: la demanda no cumple uno de los criterios de admisibilidad del artículo 35 del Convenio. Antes de presentar nada, verifique cada condición a continuación. Incumplir una sola significa el cierre definitivo de su caso.

Lista de verificación admisibilidad TEDH

1. Plazo de cuatro meses

Desde el 1 de agosto de 2022, dispone de cuatro meses desde la decisión interna definitiva para presentar su demanda ante el Tribunal. El Protocolo 15 redujo este plazo de seis a cuatro meses, sin excepciones ni prórrogas. El plazo comienza en la fecha de la decisión, no cuando recibe la copia escrita ni cuando contrata un abogado.

Si el tribunal le envía una copia escrita tres semanas después de dictar sentencia, ya ha perdido tres semanas. Las solicitudes de justicia gratuita, las consultas previas y la recopilación de documentos no interrumpen el plazo. El error más frecuente es contar desde la fecha equivocada. Cuente desde el día en que el último tribunal interno resolvió, no desde cuando leyó la sentencia.

Cuando no hay recurso interno que agotar — por ejemplo, en casos de práctica administrativa continuada — los cuatro meses corren desde el acto o desde que tuvo conocimiento de él por primera vez.

2. Agotamiento de los recursos internos

Debe haber agotado todos los recursos efectivos disponibles en su país antes de acudir a Estrasburgo. El Tribunal aplica esta regla de forma estricta. Si su sistema jurídico tiene un Tribunal Constitucional, en principio debe haberlo utilizado. Si existe un recurso específico para el tipo de violación que alega — una reclamación de indemnización por detención ilegal, por ejemplo — debe haberlo ejercido.

La palabra clave es «efectivo». Un recurso es inefectivo si no tiene perspectivas reales de éxito según la jurisprudencia nacional establecida, o si es puramente discrecional. No está obligado a ejercer recursos que los tribunales de su país hayan rechazado sistemáticamente para reclamaciones idénticas. Pero debe demostrarlo — el Tribunal no aceptará su valoración sin pruebas.

Si omitió un nivel jurisdiccional por considerarlo inútil, eso no es suficiente. Debe haber intentado el recurso y haber sido rechazado, o demostrar claramente que el recurso no funciona en la práctica, acreditado con jurisprudencia o práctica oficial documentada.

3. Condición de víctima

Solo una «víctima» de una violación del Convenio puede presentar una demanda. Esto significa alguien directa y personalmente afectado por el acto u omisión en cuestión. No puede quejarse de una ley que podría afectarle algún día, ni representar a un grupo sin haber sido personalmente perjudicado.

Un Estado puede privarle de su condición de víctima reconociendo la violación y ofreciendo una reparación adecuada. Si un tribunal interno ya ha constatado una violación y concedido una indemnización que el Tribunal considera suficiente, usted ya no tiene legitimación. Verifique esto cuidadosamente — sorprende a muchos demandantes.

4. El Estado demandado es miembro del Consejo de Europa

Las demandas deben dirigirse contra uno de los 46 Estados que han ratificado el Convenio. No puede demandar a la UE, la ONU, empresas privadas o particulares — solo a Estados. Si una empresa pública ha vulnerado sus derechos, la demanda va contra el Estado, no contra la empresa.

La jurisdicción territorial también importa. La violación debe estar dentro de la jurisdicción del Estado demandado. Para la mayoría de los casos es evidente. Para extradiciones, operaciones militares en el extranjero o territorios ocupados, el análisis requiere trabajo jurídico detallado.

5. La violación ocurrió tras la ratificación (ratione temporis)

El Tribunal no puede examinar violaciones ocurridas antes de que el Estado demandado ratificara el Convenio. La fecha de ratificación varía: Ucrania ratificó el 11 de septiembre de 1997, Turquía el 28 de enero de 1954, Georgia el 20 de mayo de 1999. Si los hechos esenciales de su caso son anteriores a la ratificación, el Tribunal carece de competencia.

Excepción: violaciones continuadas. Si una situación comenzó antes de la ratificación pero continúa — detención prolongada, confiscación de bienes no resuelta, discriminación administrativa persistente — el Tribunal puede examinar el aspecto continuado posterior a la ratificación.

6. No examinada previamente de forma sustancial

Una vez que el Tribunal ha resuelto su caso — aunque solo sea para declararlo inadmisible — no puede volver a presentar la misma queja con nuevos argumentos. Es definitivo. La prohibición también abarca procedimientos paralelos: si ha presentado la misma queja al Comité de Derechos Humanos de la ONU, a la Comisión Interamericana o a un órgano comparable, el Tribunal puede también declarar su caso inadmisible.

7. Demanda no anónima

Todo demandante debe identificarse por su nombre y una dirección de contacto verificable. Las demandas anónimas se rechazan sin revisión. Si tiene preocupaciones reales por su seguridad — amenazas de las autoridades, riesgo de persecución — puede solicitar confidencialidad para que su nombre no aparezca en las decisiones publicadas. El Tribunal lo concede con regularidad. Pero debe identificarse ante la Secretaría.

8. No abuso del derecho de recurso individual

El Tribunal rechaza las demandas basadas en información falsa o engañosa, que usen lenguaje ofensivo, o claramente diseñadas para acosar. Volver a presentar repetidamente la misma demanda rechazada también puede calificarse de abuso. Este motivo se invoca raramente, pero es absoluto cuando se aplica.

9. Perjuicio importante

El Protocolo 14 introdujo esta condición en 2010. El Tribunal puede rechazar una queja técnicamente válida si el demandante no ha sufrido un perjuicio importante. Los errores de procedimiento menores sin impacto real, los perjuicios económicos insignificantes, o las situaciones en que los tribunales internos ya han abordado adecuadamente la cuestión, frecuentemente no superan este filtro.

Dos salvaguardas se aplican: el Tribunal examinará igualmente el caso si el respeto de los derechos humanos lo exige, o si los tribunales internos no han examinado correctamente la queja. Pero en la práctica, si el daño es negligible, la demanda no prospera.

10. No manifiestamente mal fundada

Este es el motivo de rechazo más frecuente. Un caso está manifiestamente mal fundado si no revela ninguna violación defendible — ya sea porque los hechos no la sustentan, o porque el argumento jurídico no tiene perspectivas de éxito según la jurisprudencia existente. Consulte la jurisprudencia del Tribunal sobre el artículo específico que invoca antes de presentar su demanda.

11. Compatible con el Convenio (ratione materiae)

El derecho que invoca debe estar protegido por el Convenio o un Protocolo ratificado por su Estado. El derecho a una pensión, el derecho al trabajo o el derecho a obtener un visado no son en sí mismos derechos convencionales. Los derechos previstos en Protocolos facultativos — el Protocolo 1 sobre propiedad, el Protocolo 4 sobre libertad de circulación — solo se aplican a los Estados que han ratificado el Protocolo correspondiente.

12. Ausencia de procedimiento internacional paralelo

Si ha sometido el mismo asunto a otro órgano internacional cuando el procedimiento ante él sigue en curso, el Tribunal puede declarar su demanda inadmisible. Este motivo se distingue del de «ya examinado»: afecta a asuntos pendientes, no resueltos. Verifique si tiene presentaciones activas ante órganos de tratados de la ONU o mecanismos regionales de derechos humanos antes de acudir al Tribunal.

Antes de presentar su demanda

Presentar una demanda defectuosa no reinicia el plazo de cuatro meses. Una vez que el Tribunal declara inadmisible una demanda, el mismo caso no puede volver a presentarse. Consulte los criterios de admisibilidad del TEDH y verifique los plazos aplicables a su situación. El siguiente paso tras confirmar la admisibilidad es completar la demanda — consulte nuestra guía paso a paso sobre cómo presentar una solicitud al TEDH.

Si no está seguro de que su caso cumple todas las condiciones, describa su situación. Le daremos una valoración honesta en 24 horas. Contacte con nuestros abogados especializados en derechos humanos.

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